Última revisión
02/02/2024
TS: Anulada la condena por calumnias a un abogado que acusó al juez de prevaricación en un escrito de recurso

El Tribunal Supremo ha exonerado a un abogado de la condena previa por delito de calumnias tras imputar a un juez, en un escrito de recurso, la comisión de un delito de prevaricación. La decisión de la Sala Penal pone en relieve el equilibrio entre el derecho a la libertad de expresión en el ejercicio de defensa y la protección del honor de los jueces en su función jurisdiccional.
El letrado había sido condenado inicialmente por un Juzgado de lo Penal de Vigo y luego confirmado por la Audiencia Provincial de Pontevedra, a pagar una multa de 2.160 euros y una indemnización de 500 euros tras acusar en un recurso a un juez de dictar una resolución manifiestamente injusta con plena conciencia de ello, lo que se calificó de imputación falsa constitutiva de delito de calumnias.
La resolución del Tribunal Supremo, sin embargo, sostiene que las críticas del abogado estaban amparadas en su derecho a la libertad de expresión, particularmente dentro del contexto forense y el derecho de defensa. Apoyándose en la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal Constitucional, el fallo reconoce que los jueces, dada su visibilidad y las responsabilidades que conlleva su cargo público, pueden estar sujetos a críticas más duras que los ciudadanos que no ocupan cargos públicos.
El Tribunal matizó que, mientras las declaraciones del abogado podían ser consideradas desafortunadas, impropias e innecesarias al ser objetivamente ofensivas, el análisis en esta instancia no era determinar si eran merecedoras de reproche o sanción, sino si sustentaban una condena penal, un extremo que la Sala Penal finalmente rechazó.
El Supremo hizo hincapié en que a los abogados se les debe permitir ejercer críticas contundentes, incluso cuando estas versen sobre las actuaciones de los jueces, con el fin de defender los intereses de sus clientes o los propios, e incluso están facultados para solicitar responsabilidad de los jueces «(...) sin que el mero hecho de hacerlo y expresar críticas hacia la actuación de los jueces suponga una violación ilegítima de su derecho al honor».
El caso adquiere particular relevancia en el contexto de la libertad de expresión de los profesionales del derecho, y el modo en que se balancean los derechos fundamentales implicados. El Supremo invoca el criterio de proporcionalidad del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, señalando que, si bien hay que proteger a los jueces de ataques verbales ofensivos, también es necesario examinar, en cada caso concreto, las circunstancias y el contexto, y determinar si la injerencia en la libertad de expresión es adecuada a los fines legítimos que se buscan.
Fuente: Poder Judicial
