La sentencia dictaminada ...titividad?

Última revisión
14/11/2014

La sentencia dictaminada por el Tribunal Supremo avala el ERE realizado por la empresa NH Hoteles, a través del cual fueron cesados 410 trabajadores con el fin de realizar posteriormente subcontrataciones, que implicaban un coste inferior para la empresa. En consecuencia, permitirá que las sociedades puedan ?asegurar su viabilidad o apuntalar la competitividad?

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Materias: laboral

Fecha: 14/11/2014

TS: Las empresas pueden realizar Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) y subcontratar con posterioridad los servicios

 

Así, el tribunal desestima las alegaciones de los sindicatos, al entender que el planteamiento era erróneo y no incumplía con las exigencias de tipo legal. Por ello, se avala el fallo anterior de la Audiencia Nacional, “para asegurar la viabilidad de la empresa o apuntalar la competitividad”.

 

En el recurso presentado por los sindicatos, se expresaba que la empresa actuaba con “mala fe negociadora”, en virtud de otras sentencias similares. Además, indicaban que la medida carecía de causas que la justificasen, puesto que la compañía contaba con sedes rentables e inversiones, así como no se acreditaba la reducción de ingresos y se alegaban criterios discriminatorios en el expediente de regulación, ya que el 70% de los trabajadores cesados eran mujeres. En este sentido, entiende el fallo que no se produce discriminación sexual, ya que la mayor parte del colectivo eran también mujeres.

 

NH alega, en su declaración, que las pretensiones empresariales se redujeron y constaba la depreciación de activos, así como una disminución de las cifras de negocio entre 2008 y 2012, además de ver minorados los ingresos. Asimismo, admite el recibo de financiación, pero sin que la misma supusiese la posibilidad de afrontar deudas inmediatas. Por ello, defiende la externalización de servicios, debido a los problemas económicos y productivos con los que contaba, y añade que se ofrecía la recolocación en las empresas contratistas del 90% de los trabajadores.

 

En consecuencia, el tribunal entiende que la externalización con el fin de reducir gastos no es una “vulneración de la buena fe negociadora”, en el caso de que la subcontratación se realice mediante conveniencia y estrategia empresarial para el incremento de beneficios. “Estamos, pues, ante un supuesto en el que la subcontratación resulta un medio útil y racional para apuntalar la viabilidad de la empresa y su competitividad”, aclara el fallo del Supremo.

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