Última revisión
03/04/2025
Un JS considera los trombos tras vacunación del COVID como accidente laboral

Según informa el Consejo General de la Abogacía Española, el Juzgado de lo Social n.º 31 de Barcelona ha emitido un fallo determinando que los trombos desarrollados por un profesor tras recibir la vacuna contra la Covid-19 son accidente laboral en lugar de una enfermedad común.
Conforme a lo informado por el CGAE, la sentencia se originó a partir de un caso en el que un profesor, quien fue instado a vacunarse en 2021 por el Departament d’Educació de la Generalitat de Cataluña, sufrió un severo tromboembolismo pulmonar un mes después de recibir la vacuna. Este incidente lo mantuvo en una situación de baja laboral hasta julio de 2022 y requiere de un tratamiento médico prolongado, con medicación crónica que afectará su calidad de vida en el futuro.
Una de las implicaciones más significativas de este fallo es su potencial para sentar un precedente. La consideración de los efectos adversos de una vacuna como accidente laboral otorga a los afectados un tipo de cobertura asistencial superior a la que recibirían si se tratara de una enfermedad común. De confirmarse este criterio por parte del Tribunal Supremo, se podrían intensificar las solicitudes similares por parte de otros trabajadores que hayan experimentado reacciones adversas a la vacunación.
Francesc Feliu, abogado defensor del caso, enfatizó que esta resolución judicial podría fortalecer las bases para que en otros contextos se reconozca la responsabilidad patrimonial del Estado. «Este fallo refuerza los argumentos jurídicos para que en otro ámbito judicial se reconozca la responsabilidad patrimonial del Estado, dado que éste solicitó que la gente se vacunase en beneficio de la colectividad, por encima de la propia individualidad», expresó Feliu.
El letrado también aclara que aunque la vacunación en España no fue legalmente obligatoria, se llevó a cabo una fuerte promoción para fomentar la inmunización, sobre todo en ciertos sectores laborales. Es relevante mencionar que se implementaron medidas restrictivas, como el «pasaporte Covid», que limitaba ciertos derechos a quienes optaban por no vacunarse, creando así un entorno donde la inmunización parecía casi una obligación moral y social.
«La promoción activa de la vacunación por parte de la Administración, con base en principios de solidaridad, brinda la posibilidad a los afectados de reclamar tanto al Estado como, en algunos casos, a su propia empresa por los efectos adversos sufridos», afirmó Feliu. No obstante, advirtió que el camino hacia una posible indemnización es complejo y puede requerir un proceso judicial para su obtención.
Este fallo del Juzgado de Barcelona puede ser recurrido.
Fuente: CGAE
