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24/04/2025

Un juzgado de Vigo avala las medidas acústicas adoptadas por el Concello para las fiestas navideñas

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Materias: administrativo

Fecha: 24/04/2025

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Vigo respalda las medidas acústicas del Concello, asegurando niveles de ruido legales en fiestas navideñas, salvo momentos puntuales.

Un juzgado de Vigo avala las medidas acústicas adoptadas por el Concello para las fiestas navideñas


El Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º1 de Vigo, en su auto, rec. 7/2025, de 22 de abril, ha respaldado las medidas adoptadas por el Concello de Vigo para mitigar el impacto acústico durante la celebración de las fiestas navideñas. La jueza ha concluido que, en las pasadas fiestas, se respetaron los niveles de ruido máximos permitidos por la ley, salvo en momentos puntuales. La resolución está basada en informes técnicos que destacan que estas superaciones ocasionales deben considerarse admisibles, atendiendo a criterios de proporcionalidad entre el derecho al descanso de los vecinos y el interés público de la celebración.

La jueza ha declarado ejecutada la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia de junio de 2024, que condenó al Concello de Vigo por vulnerar los derechos fundamentales de una vecina del centro de la ciudad debido al ruido durante las fiestas navideñas de 2022-2023. La vecina afectada había solicitado la ejecución forzosa de la sentencia, pero la jueza ha determinado que ya ha sido cumplida.

En su fallo, la jueza ha señalado que la sentencia del TSXG no ordenaba la reubicación de los festejos navideños, sino que condenaba al Concello a adoptar medidas para evitar la reiteración de conductas lesivas y garantizar que los niveles de ruido no superasen los umbrales legales. Según la jueza, el Concello ha demostrado que estas medidas se implementaron durante la campaña navideña de 2024-2025.

El informe de mediciones realizado por una empresa especializada en ingeniería acústica y el informe de impacto acústico del Concello de Vigo corroboran que los niveles de ruido durante las jornadas de baja afluencia se mantuvieron por debajo de los límites legales. En días de alta afluencia, los niveles de ruido promedio también cumplieron con los valores límite, salvo en momentos puntuales cerca del árbol de Navidad de Porta do Sol, donde se registraron superaciones debido a la alta concentración de personas.

La empresa encargada de las mediciones destacó que el aumento en los niveles de ruido y las superaciones puntuales se debieron al ruido provocado por el público. Sin embargo, se observó una mejora en los niveles de ruido en comparación con ediciones anteriores, atribuida a las medidas de reducción implementadas, como la instalación de atracciones infantiles en zonas sensibles.

«En las posteriores jornadas de baja afluencia, correspondientes a los días 12 y 16 de diciembre de 2024 y 7 de enero de 2025 en los peores casos, esto es, durante los horarios donde se congrega mayor volumen de gente (18:30h-00:00h), se comprueba en base a los resultados de medición que los niveles de ruido en el entorno objeto de estudio cumplen con los valores límite establecidos en la legislación vigente como objetivo de calidad acústico en horario diurno para estas zonas.

(...)

JORNADAS ALTA AFLUENCIA: Durante las jornadas de alta afluencia, según se constata en las inspecciones de los técnicos de Sonen, y en base a los resultados de medición mostrados en MEDICIONES ACÚSTICAS PRELIMINARES DE LACAMPAÑA DE NAVIDAD 2024-2025, los niveles de ruido promedio se mantienen iguales o inferiores a 65 dBA, cumpliendo en general los valores límite establecidos en la normativa vigente como objetivo de calidad acústico en horario diurno para estas zonas en todos los puntos de evaluación, a excepción del entorno más próximo al árbol de navidad de Porta do Sol, donde se llegan a obtener valores del orden de 1 dB superiores a los límites, en momentos puntuales y debidos a la alta concentración de gente. No obstante, en estas jornadas se llegan a registrar ligeras superaciones puntuales en los niveles de ruido máximos, del orden de 1-3 dB superiores, y debidas a los gritos de la gente durante el funcionamiento de las atracciones en el entorno de la noria, así como del público infantil en atracciones como el Super Mario. Estas superaciones se acentúan, en momentos puntuales, en el entorno del árbol de navidad de Porta do Sol, llegando a obtener valores de en torno a 5-7dB superiores cuando el público interactúa con el espectáculo navideño. De estos resultados, y de la comparación con los obtenidos en jornadas de baja afluencia, siempre en cuanto, una vez limitados los niveles de emisión de los sistemas de amplificación, el nivel de ruido provocado por éstos se vuelve independiente de la cantidad de gente que acude a la zona, se constata que, el aumento en los niveles de ruido medidos y las superaciones puntuales, se deben al ruido provocado por el público. Por último, cabe destacar que, en la presente Campaña de Navidad, el incremento de los niveles de ruido debido a los gritos de la gente, entre las jornadas de alta y baja afluencia, es notablemente menor que en las anteriores ediciones, situándose en torno a 1-3 dB en la campaña 2024-2025frente a 5-7 dB en la campaña 2023-2024.Esta mejora en los niveles de ruido se debe, en gran parte, a las medidas de reducción tomadas en la presente edición, tales como la instalación de atracciones de corte infantil frente a las de público adulto en las zonas más sensibles, donde el ruido provocado por los gritos es menor».

En conclusión, el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Vigo considera que el Concello ha adoptado las medidas oportunas para reducir de manera considerable el impacto acústico de los festejos navideños, considerando que se han respetado los niveles de ruido máximos permitidos, salvo en momentos puntuales. La jueza ha declarado ejecutada la sentencia del TSXG, destacando la importancia de la proporcionalidad entre el derecho al descanso de los vecinos y el interés público de la celebración de las fiestas navideñas.

El auto no es firme y cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 15 días contados desde el día siguiente al de su notificación.

FUENTE: Poder Judicial

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