La decisión está motivada...antamaría.

Última revisión
04/12/2013

La decisión está motivada por el cambio físico que sufren los niños a estas edades, según ha afirmado Sáenz de Santamaría.

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Fecha: 11/11/2013

La validez del DNI de los menores de 5 años pasa de cinco a dos años

 

 

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un Real Decreto que modifica otro Real Decreto del 23 de diciembre de 2005 que regulaba la expedición del Documento Nacional de Identidad (DNI) y sus certificados de forma electrónica, y que, entre otros cambios, reduce la validez del carné de los menores de cinco años de cinco a dos años.

Así lo ha comunicado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que ha explicado que la decisión está motivada por el cambio físico que sufren los niños a esas edades. “Entre un menor de dos y uno de cuatro hay bastante poca similitud”, ha afirmado.

La vicepresidenta ha recordado que la expedición de este documento es voluntaria para los menores de cinco años y no supone “ningún gasto”.

La finalidad del Real Decreto es modificar, entre otros aspectos, la citada norma para conseguir una mayor protección de la infancia en el uso de Internet, permitiendo la acreditación de la identidad de los menores por medios telemáticos (DNIe), pero no el uso de la firma electrónica.

Otras de las modificaciones son que, a partir de ahora, la activación de la identificación electrónica será para mayores y menores, pero la activación de la firma electrónica será únicamente para mayores de edad. De este modo, la entrega de un documento con el certificado de identificación electrónica activado permitirá proteger a los menores en las redes sociales, ya que son muchas las páginas que solicitan información sobre la edad del usuario.

También se simplifica la primera expedición del DNIe, ya que antes se exigía el certificado de empadronamiento y ahora servirá entregar el volante de empadronamiento, documento que es más fácil de obtener.

Por último, el Real Decreto contempla modificaciones técnicas en la toma de impresiones dactilares, ya que en los casos en que no puedan realizarse sobre los dedos índices, por mutilación o defecto físico, se sustituirán por otro.

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