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IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - ILLES BALEARS 2019 - 141410-DEDUCCIÓN POR CURSAR ESTUDIOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR (1)
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 06/03/2023
Pregunta:
¿En qué consiste la deducción por cursar estudios de educación superior fuera de la isla de residencia habitual?
Respuesta:
Los contribuyentes residentes en Illes Balears pueden aplicar una deducción de 1.500 euros por cada descendiente que dependa económicamente de ellos, que de derecho al mínimo por descendientes y que curse, fuera de la isla del archipiélago balear en la que se encuentre la residencia habitual del contribuyente, estudios universitarios, enseñanzas artísticas superiores, formación profesional de grado superior, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior, enseñanzas deportivas de grado superior o cualquier otro estudio que, de acuerdo con la legislación orgánica estatal en materia de educación, se considere educación superior, con el límite del 50% de la cuota íntegra autonómica.La cuantía de la deducción será de 1.600 euros para los contribuyentes con una base imponible total inferior a 18.000 euros en tributación individual o a 30.000 euros en tributación conjunta, con el límite en todo caso del 50 % de la cuota íntegra autonómica.La deducción se aplica a la declaración del ejercicio en el que se inicia el curso académico.Si los descendientes conviven con dos o más ascendientes la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno.La deducción no es aplicable en los siguientes casos:a) Cuando los estudios no completen un curso académico o un mínimo de 30 créditos.b) Cuando haya oferta educativa pública, diferente de la virtual o a distancia, en la isla de Mallorca para realizar los estudios y el traslado implique realizar los estudios fuera las Illes Balears.c) Cuando la base imponible total del contribuyente en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio sea superior a 30.000 euros en tributación individual o a 48.000 en tributación conjunta.d) Cuando el descendiente que genera el derecho a deducción obtenga durante el ejercicio rentas superiores a 8.000 euros.
Normativa:
Art. 4.ter Texto Refundido disposiciones legales de Illes Balears en materia de tributos cedidos (añadido por Ley 13/2017) Disposiciones final segunda de la