Última revisión
06/03/2023
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - REGION DE MURCIA 2019 - 141665-DEDUCCIÓN POR GASTOS DE GUARDERÍA DE HIJOS MENORES DE TRES AÑOS
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 06/03/2023
Pregunta:
¿En qué consiste la deducción autonómica por gastos de guardería de hijos menores de tres años?
Respuesta:
Los contribuyentes residentes en la Región de Murcia pueden aplicar una deducción del 20 por 100 de las cantidades satisfechas por gastos educativos originados durante el año por los hijos o descendientes (tutelados y acogidos) por los que tengan derecho al mínimo por descendientes, correspondientes a la etapa de Primer Ciclo de Educación Infantil cursada en centros autorizados e inscritos por la Consejería competente en materia de educación. La cuantía de la deducción aplicada por cada uno de los hijos o descendientes no puede exceder de 1.000 euros.La base de la deducción está constituida por las cantidades satisfechas por los conceptos de custodia, alimentación y adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar. Las cantidades satisfechas a guarderías y centros de educación infantil por la preinscripción y matrícula de los menores se consideran gastos de custodia. La base de la deducción se minorará en el importe de las becas y ayudas obtenidas de cualquier Administración Pública que cubran todos o parte de los gastos citados.Para poder aplicar la deducción la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro no debe superar la cantidad de 30.000 euros, en declaraciones individuales o 50.000 euros en declaraciones conjuntas.Solo tienen derecho a practicar la deducción los contribuyentes que convivan con los menores escolarizados. Cuando el menor conviva con más de un progenitor, tutor o adoptante, el importe de la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos.
Normativa:
Artículo 1.Tres Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Tributos Cedidos (redacción Ley 14/2018)
