Última revisión
06/03/2023
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - ILLES BALEARS 2020 - 142333-DEDUCCIÓN POR GASTOS APRENDIZAJE DE IDIOMAS EXTRANJEROS:LIMITE
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 06/03/2023
Pregunta:
La deducción por gastos de idiomas extranjero es del 15 por 100 de las cantidades satisfechas en los gastos de enseñanza extraescolar de idiomas, con el límite de 100 euros por cada hijo. Dicho límite ¿es aplicable individualmente a la deducción que corresponde por cada uno de los hijos que reciban ese tipo de enseñanza o puede aplicarse de forma global?
Respuesta:
El límite al que hace referencia la pregunta puede aplicarse de forma global respecto al conjunto de hijos que generen el derecho a la deducción. Por ejemplo, si se presenta una declaración conjunta y se han abonado 500 euros por un hijo y por otro 1.000 euros, la deducción aplicable sería el 15 por 100 de 1.500 euros, con el límite máximo de 200 euros (2 x 100).
Normativa:
Art. 4.bis Texto Refundido disposiciones legales de Illes Balears en materia de tributos cedidos (D. legislativo 1/2014) Contestación de la Comunidad Autónoma de diciembre de 2015
