Última revisión
25/01/2024
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - UMBRAL DE 10.000 EU. Y ENVÍOS DESDE VARIOS ESTADOS MIEMBROS - 146356-UMBRAL DE 10.000 EU. Y ENVÍOS DESDE VARIOS ESTADOS MIEMBROS
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 25/01/2024
Resumen:
Pregunta:
Una empresa establecida en España (territorio de aplicación del impuesto) dispone de existencias almacenadas en Alemania. Realiza ventas a distancia de bienes desde España y de las existencias de las que dispone en Alemania a clientes polacos por valor de 4. 000 EUR y a clientes belgas por valor de 4 500 EUR. ¿Se le aplica el umbral de 10 000 EUR?
Respuesta:
No, el umbral de 10 000 EUR no se aplica en este caso porque los bienes se expiden desde dos Estados miembros, lo que da lugar a ventas a distancia procedentes de más de un Estado miembro. Para que el umbral sea aplicable, el proveedor debe estar establecido en un Estado miembro y los bienes deben enviarse desde dicho Estado miembro de establecimiento.
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