Última revisión
ACTIVIDADES PROFESIONALES - FARMACIA Y TEST DE ANTÍGENOS
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 19/07/2022
Origen: AEAT (Informa)
Materia
145249 - IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - TARIFAS - ACTIVIDADES PROFESIONALES
Pregunta
Un profesional farmacéutico titular de una oficina de farmacia ha causado alta por esta actividad en el epígrafe 652.1 de la sección 1ª -Farmacias: Comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal-. Además, ha empezado a realizar test de antígenos en la farmacia, ¿debe causar alta en otro epígrafe?
Respuesta
La actividad de las oficinas de farmacia se clasifica en el epígrafe 652.1 de la sección primera - Farmacias: Comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal-. Dicha rúbrica tiene asignada una cuota de ámbito municipal en función de su población de derecho, y entre las facultades señaladas en sus notas, se encuentra expresamente excluida el ejercicio profesional del farmacéutico analista clínico. En consecuencia, el profesional farmacéutico y titular de una oficina de farmacia, que se encuentre dado de alta en el epígrafe 652.1 de la sección primera y además realiza análisis clínicos, deberá figurar inscrito, adicionalmente, en el grupo 835 de la sección segunda de las Tarifas -Farmacéuticos-.
Normativa/Doctrina
Grupo 835 Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre de 1990.
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1087 - 2022, de 17 de mayo de 2022
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria
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