Última revisión
Caso práctico: ISyD: donación de las participaciones de un negocio de farmacia
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2024
Resumen:
La percepción de una pensión de jubilación por el donante de un negocio de farmacia no afecta a la aplicación de las reducciones autonómicas en ISyD.
PLANTEAMIENTO
¿Es compatible la percepción de una pensión de jubilación por parte del donante de las participaciones en un negocio de farmacia a su hija, con la posibilidad de acogerse a la reducción autonómica establecida con ocasión de la donación?
RESPUESTA
Sí. La DGT, en su
Concluye la DGT:
«En el caso planteado en el escrito de consulta, se trataría de la donación por uno de los cónyuges a su hija, igualmente farmacéutica, de su participación ganancial en la oficina de farmacia, dejando de ejercer las funciones organizativas y gerenciales que desempeñaba en la misma. Dado que, conforme a los términos del escrito de consulta parecen cumplirse tales requisitos en el donante, según se infiere de la alusión a que los rendimientos de la oficina de farmacia ha sido "la principal fuente de ingresos en todos los ejercicios previos" no plantearía problema la aplicación de la reducción en el impuesto sucesorio, en su caso en los términos previstos en la legislación autonómica al respecto».
A TENER EN CUENTA.
Cesión del ISD a las CC. AA.
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