Última revisión
28/12/2023
Caso práctico: La actio quanti minoris en la compraventa
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Tiempo de lectura: 2 min
Orden: civil
Fecha última revisión: 28/12/2023
PLANTEAMIENTO
«A» compró a «B», en una aplicación de compra y venta, un libro antiguo que se anunciaba en perfecto estado de conservación. Cuando lo recibió, pudo constatar que, si bien el libro era el efectivamente anunciado, tenía varios desperfectos en las solapas y algunas páginas con problemas de humedad. «A» quiere quedarse con el libro, pero considera que el precio pagado es excesivo porque los desperfectos que presenta hacen que su valor sea mucho menor.
¿Cómo puede proceder frente a «B»?
RESPUESTA
Ante la venta de una cosa en la que el comprador descubre los vicios o defectos ocultos, éste podrá optar entre desistir del contrato, por lo que deberán pagársele los gastos que le haya supuesto, o la rebaja proporcional del precio, a juicio de peritos (art. 1486 del Código Civil) .
La acción quanti minoris es la acción que permite conseguir una rebaja proporcional del precio, por la que el comprador exige al vendedor una disminución del precio que ha pagado, quedándose con el bien adquirido. Esta rebaja es proporcional viene determinada por el perjuicio que tenga la cosa con respecto a su valor.
Tanto esta acción como la acción de desistir del contrato se extinguen a los seis meses desde la entrega de la cosa vendida (art. 1490 del Código Civil).

