Última revisión
Caso práctico: Aquisición de la nacionalidad de hijos de extranjeros nacidos en España
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Orden: civil
Fecha última revisión: 10/01/2024
Resumen:
D.ª A.I., de origen egipcio, solicita la nacionalidad española para su hija nacida en Madrid, teniendo en cuenta que la niña posee nacionalidad egipcia por sus padres. La legislación española privilegia el ius sanguinis ante el ius soli, lo que significa que la nacionalidad española no se atribuye automáticamente por nacimiento en el país a hijos de padres extranjeros. No obstante, la niña podría beneficiarse de una residencia reducida de un año para la nacionalidad por residencia, en contraposición a los diez años generalmente requeridos, debido a su nacimiento en España. Este resumen analiza las disposiciones relevantes del Código Civil y la Ley de extranjería frente a un caso concreto, a la luz de la Instrucción de 28 de marzo de 2007 y la Ley 8/2021.
PLANTEAMIENTO
D.ª A.I. de nacionalidad egipcia y domiciliada en Madrid solicita la nacionalidad española para su hija nacida en Madrid el 14 de abril de este año. Su padre ostenta también la …
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