Última revisión
Caso práctico: ¿Puede un progenitor privado de la patria potestad relacionarse con sus hijos?
Práctico
Relacionados:
Legislación
Voces
Jurisprudencia
Prácticos
Formularios
Resoluciones
Temas
Orden: civil
Fecha última revisión: 23/01/2024
Resumen:
Los hijos menores de edad tienen derecho a relacionarse con sus progenitores aunque éstos no ejerzan la patria potestad, a salvo de las excepciones contenidas en el art. 160 del Código Civil.
PLANTEAMIENTO
¿Puede un progenitor privado de la patria potestad relacionarse con sus hijos menores?
RESPUESTA
Sí, porque es un derecho que corresponde a sus hijos. Al respecto, el apartado 1 del art. …
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a Prácticos
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestras tarifas de suscripciónSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder