Última revisión
28/04/2026
Caso práctico: Caducidad de la acción de despido tras baja empresarial por incapacidad permanente
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Tiempo de lectura: 5 min
Orden: laboral
Fecha última revisión: 28/04/2026
La acción de despido caduca si, conocida la baja empresarial con efecto extintivo, no se impugna en 20 días hábiles, sin que la revisión de la incapacidad reabra el plazo.
PLANTEAMIENTO
Un trabajador viene prestando servicios desde el 18 de noviembre de 2011. El 24 de diciembre de 2018 inicia una situación de incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo. Agotada la duración máxima de la incapacidad temporal, la empresa comunica a la Tesorería General de la Seguridad Social, el 22 de junio de 2020, la baja del trabajador con efectos de esa misma fecha por “ag...
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