Caso práctico: Cálculo de la indemnización de 12 días por finalización de contra... (art. 49.1 c), ET).
Prácticos
Caso práctico: Cálculo de...1 c), ET).

Última revisión
28/04/2016

Caso práctico: Cálculo de la indemnización de 12 días por finalización de contrato temporal. Incremento gradual de las cantidades (art. 49.1 c), ET).

Tiempo de lectura: 5 min

Tiempo de lectura: 5 min

Relacionados:

Orden: laboral

Fecha última revisión: 28/04/2016

Origen: Iberley


PLANTEAMIENTO

Cálculo de la indemnización de 12 días por finalización de contrato temporal.  Incremento gradual de las cantidades  (art. 49.1 c), ET).

La indemnización de los contratos temporales ha ido aumentando desde la entrada en vigor de la Reforma Laboral de 2010 aprobada por la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, hasta llegar a la actual que es de doce días de salario por cada año de servicio .

En este análisis explicamos su evolución y el cálculo de la misma según lo establecido en la actual DT8 ,Estatuto de los Trabajadores.

ANÁLISIS

A la finalización de los contratos temporales el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar doce días de salario por cada año de servicio, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación. Siguiendo lo dispuesto en el apartado 1 c) Art. 49 ,Estatuto de los Trabajadores, los contratos formativos (prácticas y de formación), de interinidad (suplencias por enfermedad, maternidad, excedencias, etc) y de inserción (obra o servicio de interés general o social) quedan excluidos de esta obligación indemnizatoria.

En estos casos no existe un tope máximo de mensualidades prefijado, como ocurre en otros supuestos como el despido improcedente, ni de variables o beneficios sociales.

De este modo, el cálculo se limita a 12 días de salario por año trabajado o la parte proporcional si el periodo trabajado es inferior a un año.

No obstante, los contratos suscritos con anterioridad al 1 de enero de 2015 tenían otra indemnización en función del año en el que se celebraran, según lo siguiente:

  • Ocho días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren hasta el 31 de diciembre de 2011.
  • Nueve días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2012.
  • Diez días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2013.
  • Once días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2014.
  • Doce días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2015.

Ejemplos en función de la fecha en que se formaliza el contrato :

  • AÑO 2.011

Retribución bruta de 1.200 euros al mes, una fecha de inicio del contrato de 1 de enero de 2.011 y de finalización el 30 de junio de 2.011.

Del 1 de enero de 2.011 al 30 de junio de 2.011………………………..180 días

1.200 / 30 = 40 euros/día.

180 / 360 = 0.5 años.

40 x 0.5 = 20 euros salario/día de indemnización

20 x 8 días/año = 160 euros de indemnización por medio año de trabajo.

  • AÑO 2.012

Retribución bruta de 1.200 euros al mes, una fecha de inicio del contrato de 1 de enero de 2.012 y de finalización el 30 de junio de 2.012.

Del 1 de enero de 2.012 al 30 de junio de 2.012………………………..180 días

1.200 / 30 = 40 euros/día.

180 / 360 = 0.5 años.

40 x 0.5 = 20 euros salario/día de indemnización

20 x 9 días/año = 180 euros de indemnización por medio año de trabajo.

  • AÑO 2.013

Retribución bruta de 1.200 euros al mes, una fecha de inicio del contrato de 1 de enero de 2.013 y de finalización el 30 de junio de 2.013.

Del 1 de enero de 2.013 al 30 de junio de 2.013………………………..180 días

1.200 / 30 = 40 euros/día.

180 / 360 = 0.5 años.

40 x 0.5 = 20 euros salario/día de indemnización

20 x 10 días/año = 200 euros de indemnización por medio año de trabajo.

  • AÑO 2.014

Retribución bruta de 1.200 euros al mes, una fecha de inicio del contrato de 1 de enero de 2.014 y de finalización el 30 de junio de 2.014.

Del 1 de enero de 2.014 al 30 de junio de 2.014………………………..180 días

1.200 / 30 = 40 euros/día.

180 / 360 = 0.5 años.

40 x 0.5 = 20 euros salario/día de indemnización

20 x 11 días/año = 220 euros de indemnización por medio año de trabajo.

  • A PARTIR DEL AÑO 2.015

Retribución bruta de 1.200 euros al mes, una fecha de inicio del contrato de 1 de enero de 2.015 y de finalización el 30 de junio de 2.015.

Del 1 de enero de 2.015 al 30 de junio de 2.015………………………..180 días

1.200 / 30 = 40 euros/día.

180 / 360 = 0.5 años.

40 x 0.5 = 20 euros salario/día de indemnización

20 x 12 días/año = 240 euros de indemnización por medio año de trabajo.

BASE JURÍDICA

- Art. 1 ,Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo.

- DT8 ,Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Contratos formativos. Paso a paso
Disponible

Contratos formativos. Paso a paso

Dpto. Documentación Iberley

14.50€

13.78€

+ Información

Contrato fijo discontinuo. Paso a paso
Disponible

Contrato fijo discontinuo. Paso a paso

Dpto. Documentación Iberley

12.75€

12.11€

+ Información

Contrato de trabajo temporal. Tipos y características
Disponible

Contrato de trabajo temporal. Tipos y características

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información

Comentarios de un magistrado de lo Social sobre la justicia y otros aspectos
Disponible

Comentarios de un magistrado de lo Social sobre la justicia y otros aspectos

Pedro Tuset del Pino

21.25€

20.19€

+ Información

Situaciones especiales de cotización
Disponible

Situaciones especiales de cotización

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información