Caso práctico: Cálculo indemnización en caso de lesionados por accidente laboral: secuelas permanentes
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Caso práctico: Cálculo i...ermanentes

Última revisión
11/06/2019

Caso práctico: Cálculo indemnización en caso de lesionados por accidente laboral: secuelas permanentes

Tiempo de lectura: 6 min

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 11/06/2019

Origen: Iberley


PLANTEAMIENTO

En el caso de un lesionados por accidente laboral que plantea los siguientes datos:

26 años. Alta laboral. Ingresos netos de 33.500 euros. Incapacidad permanente total.

Secuelas según informe médico

Código

Descripción de las secuelas

Puntuación anatómico funcional

 05017

Prótesis vasculares (By-pass, stent, injertos autólogos / heterólogos, etc.).

 20 puntos

01013

Paraplejia D2-D5     

 82 puntos

11004

Paraplejia PERJUICIO ESTÉTICO Importante

 22 puntos

Otras

Colocación de prótesis

6.300 euros (válida por 7 años)

 Ayuda técnica

95.000 euros

Adecuación de vivienda

50.000 euros

Adaptación del vehículo que utiliza

25.000 euros

Sus secuelas implican una pérdida de autonomía personal por lo que requiere ayuda de tercera persona (tabla 2.C.2) de 4 horas (art. 123)

¿Qué indemnización correspondería por las secuelas permanentes?

RESPUESTA

De la forma más sencilla posible, para conocer la cuantía a reclamar por perjuicio patrimonial por secuelas es necesario acudir a la Tabla 2C donde se relacionan los gastos que suponen daño emergente y una remisión expresa a las tablas que cuantifican el lucro cesante causado.

DAÑO EMERGENTE CAUSADO POR LAS SECUELAS

(arts 113 a 125 Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre)

Gastos de asistencia sanitaria futura que sean previsibles respecto a las secuelas (Tabla 2.C.1 Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre):

Gastos ocasionados por la necesidad de prótesis y órtesis: Tabla TT3.

Gastos de rehabilitación domiciliaria y ambulatoria (arts 114 y 116): Tabla TT1.

Gastos por pérdida de autonomía personal (incluidos los gastos de ayuda de una tercera persona) (arts. 117 a 119 Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre): Tablas 2C2 y 2C3.

LUCRO CESANTE CAUSADO POR LAS SECUELAS

En los lesionados que sufren una pérdida de ingresos de trabajo personal: Tabla 2C4 (incapacidad absoluta), Tabla 2C5 incapacidad total) y Tabla 2C6 (disminución parcial de ingresos en el trabajo)

En los lesionados menores de 30 años pendientes de acceder al mercado laboral: Tabla 2C7 incapacidad absoluta) y Tabla 2C8 (incapacidad total).

En los lesionados dedicados exclusivamente a las tareas del hogar: Tabla 2C4 (Incapacidad absoluta: Tabla 2C5 incapacidad total)

En el caso plantado

Resulta de aplicación la Tabla 2.A.  (grandes lesionados). Dado que existe más de una secuela se aplica una fórmula Balthazard:

 [[(100 – M) x m] / 100] + M, entendiendo como M la puntuación de máximo valor (Paraplejia D2-D5) y m, la puntuación de mínimo valor (Prótesis vasculares (By-pass, stent, injertos autólogos / heterólogos, etc.).)

[[(100 – 82) x 20] / 100] + 82 = 86 puntos de secuela

  • a) Perjuicio personal básico.

Resulta de aplicación la Tabla 2.A.2, donde debemos buscar la cantidad correspondiente a un lesionado de 26 años con 86 puntos de secuela y 22 puntos de perjuicio estético.

Valoración del perjuicio psicofísico: 271.948,34 €

Valoración del perjuicio estético: 30.773,67 €

Toral perjuicio personal básico: 302.722,01 euros

  • b) Perjuicio personal particular.

Resulta de aplicación la Tabla 2.B, donde se valoran los daños morales complementarios por perjuicio psicofísico que sufren los grandes lesionados.

Cuando una sola secuela alcanza 60 puntos o el resultado de las concurrencias 80 puntos ………. De 19.200 € hasta 96.000 € (a modo de ejmp. adjudicamos 50.000 euros)

Daños morales complementarios por perjuicio estético

Cuando alcanza 36 puntos………………………………………………………………..No aplica en este caso

Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida ocasionada por secuelas graves……. De 40.000 € hasta 100.000 € (a modo de ejmp. adjudicamos 70.000 euros)

Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de grandes lesionados……… De 30.000 € hasta 145.000 € (a modo de ejmp. adjudicamos 120.000 euros)

Total por perjuicio personal particular: 240.000 euros

  • c) Perjuicio personal patrimonial.

1.- Siguiendo la Tabla 2.C.1, a la Paraplejia D2-D5 (F 01013) se le asigna un Importe máximo anual de la asistencia sanitaria futura según secuela de 8.000 €

Para convertir la renta vitalicia anual en capital, se multiplica la renta por el coeficiente de la Tabla 3 para cada edad (26 años de edad de estabilización)

8.000 euros anuales x 28,16 = 225.280 euros

2.- La persona necesita una prótesis valorada en 6.300 cada 7 años y se aplica una edad de 26 años de estabilización, a la que corresponde según la Tabla Técnica de coeficientes de capitalización de prótesis y ortesis (TT3) un factor de capitalización actuarial de 4,4653

6.300 euros (por prótesis) x 4,4653 (recambio cada 7 años con pérdida de autonomía grave) = 28.131,39 euros

3.- Si la indemnización se establece en forma de renta vitalicia, su importe se calcula de modo que sea equivalente al capital de la indemnización que resulta de este sistema de acuerdo con la tabla técnica de coeficientes actuariales de conversión entre rentas y capitales (TT1) incluida en las bases técnicas actuariales a las que se refiere el artículo 48.

El importe máximo resarcible para este tipo de gastos se establece en 8.000 euros (TABLA 2.C.1), correspondiendo un coeficiente actuarial de conversión (tabla TT1) según edad de 26 años de 28,16

8.000 euros anuales x 28,16 = 225.280 euros.

  • Por Daño emergente:

  • a) Asistencia sanitaria (grandes lesionados)

– Asistencia sanitaria futura ………………………………225.280 euros

– Prótesis y órtesis…………………………………………….28.131,39 euros

– Rehabilitación domiciliaria y ambulatoria…………..225.280 euros

Total Daño emergente (asistencia sanitaria): 478.691,39 euros

  • b) Autonomía personal para grandes lesionados (ayuda de tercera persona)

El lesionado tiene una secuela nº 01014- paraplejia D6- D10, que requiere ayuda de tercera persona.

Aplicaremos la tabla 2.C.3., donde según la edad (26 años) asignamos la necesidad de ayuda (a modo de ejmplo) de 4 horas al día, correpondiendo 89.256,08 euros de indemnización en concepto de horas de ayuda de tercera persona.

– Por ayudas técnicas le corresponde hasta 150.000 € (TABLA 2.C) …………….. 95.000 euros según ejemplo

– Por adecuación de su vivienda Hasta 150.000 € ……………………..50.000 euros según ejemplo

– Por adaptación de su vehículo ……………………..25.000 euros

– Por ayuda de tercera persona……………………….89.256,08 euros

Total daño emergente (Autonomía personal): 259.256,08 euros

Total daño emergente: 478.691,39 euros + 259.256,08 euros = 737.947,47 euros

  • Por lucro cesante.

En este caso aplicaremos la Tabla 2.C.5 (Lucro cesante por incapacidad para realizar su trabajo o actividad profesional (total), atendiendo al nivel de ingresos (33.000 euros) y edad de grandes lesionados (26 años).

Lucro cesante según tablas 2.C.5 en función de ingresos y edad: 74.628 euros

Perjuicio patrimonial (suma de daño emergente y lucro cesante): 737.947,47 + 74.628 euros = 812.575,47 euros

- Total Indemnización por Incapacidad permanente (secuelas).


En el supuesto planteado el gran lesionado ha de recibir el sumatorio de:

Toral perjuicio personal básico: 302.722,01 euros

Total por perjuicio personal particular: 240.000 euros

Total Perjuicio patrimonial 812.575,47 euros

Total Indemnización por Incapacidad permanente (secuelas) = 1,355,297,48 euros (A esta cantidad hay que adicionarle lo que le corresponda por Incapacidad temporal TABLA 3.B)

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