Última revisión
01/01/2024
Caso práctico: Clases de infracciones de tráfico no tramitadas por el procedimiento sancionador abreviado
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Tiempo de lectura: 3 min
Orden: administrativo
Fecha última revisión: 01/01/2024
El procedimiento sancionador abreviado no se aplica a algunas de las infracciones previstas en el art. 77 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, entre ellas: conducción de vehículos con inhibidores de radares, omitir identificar al conductor responsable, realizar obras sin autorización, omitir instalar señalización, incumplir normas sobre régimen de autorización, instalar inhibidores de radares, incumplir normas sobre formación, causar daños a la infraestructura de la vía, incumplir normas sobre cursos de conducción segura, incumplir normas sobre operadores vinculados a Jefatura Central de Tráfico.
PLANTEAMIENTO
¿Cuáles son las infracciones de las que no conocerá el procedimiento sancionador abreviado?
RESPUESTA
El art. 93.2 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece que el procedimiento sancionador abreviado no será de aplicación a las infracciones prevista...
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