Última revisión
04/05/2026
Caso práctico: ¿Cómo tributan en IRPF las dietas percibidas por un miembro de una mesa electoral?
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Tiempo de lectura: 2 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 04/05/2026
Las dietas abonadas a los miembros de mesas electorales están exceptuadas de gravamen en el IRPF y no se integran como rendimiento del trabajo.
PLANTEAMIENTO
Javier ha sido designado miembro de una mesa electoral y percibe la dieta prevista para el desempeño de dicha función. Al preparar su declaración del IRPF, se plantea si esa cantidad debe incluirse como rendimiento del trabajo o, por el contrario, está exenta de tributación.
¿Las dietas percibidas por los miembros de las mesas electorales están exentas de IRPF?
RESPUESTA
Sí, las dietas p...
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