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Caso práctico: Compatibilidad de la prestación por desempleo con los rendimientos económicos de una comunidad de bienes
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Legislación
Orden: laboral
Fecha última revisión: 17/04/2017
Resumen:
Una beneficiario de la prestación por desempleo es socio comunero (por herencia) y participa de los beneficios de una comunidad de bienes destinada a la explotación de un hospedaje, obteniendo por ello un rendimiento económico.
¿Constituye una actividad económica incompatible con la prestación de desempleo?
En función de lo que especifica el apdo. 1, Art. 282, LGSS
«la prestación o el subsidio por desempleo serán incompatibles con el trabajo por cuenta propia, aunque su realización no implique la inclusión obligatoria en alguno de los regímenes de la Seguridad Social, o con el trabajo por cuente ajena, excepto cuando este se realice a tiempo parcial...»
¿Puede entenderse que el rendimiento económico que obtiene de la comunidad de bienes es lo mismo que un salario como trabajador?
PLANTEAMIENTO
Una beneficiario de la prestación por desempleo es socio comunero (por herencia) y participa de los beneficios de una comunidad de bienes destinada a la explotación de un hospedaje, …
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