Caso práctico: Compravent...IVA o ITP?

Última revisión
12/02/2026

Caso práctico: Compraventa al promotor de una vivienda que estaba cedida en arrendamiento a un tercero, ¿IVA o ITP?

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Tiempo de lectura: 6 min

Orden: fiscal

Fecha última revisión: 12/02/2026

Resumen:

Están exentas de IVA las segundas y posteriores entregas de edificaciones, incluidos los terrenos en que se hallen enclavadas, cuando tengan lugar después de terminada su construcción o rehabilitación. En este caso práctico se analiza si la compra al promotor de una vivienda que ha estado alquilada cuatro años a un tercero de forma continuada puede beneficiarse de esa exención (tributando por ITP) o si, por el contrario, constituye una «primera entrega» no exenta de IVA.


PLANTEAMIENTO

Una persona física particular va a adquirir una vivienda del promotor, que, una vez finalizada la obra, la ha tenido alquilada a un tercero (distinto del comprador) durante cinco años de forma ininterrumpida. 

¿La compraventa estará sometida al IVA o al ITP?

RESPUESTA

En principio, como la vivienda ha sido utilizada de forma ininterrumpida por un plazo superior a dos años por un arrendat...

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