Última revisión
01/09/2025
Caso práctico: Cómputo de días para la reclamación del despido, ¿qué pasa si el trabajador está enfermo?
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Tiempo de lectura: 2 min
Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/09/2025
El Estatuto de los Trabajadores estipula un plazo de 20 días para reclamar contra un despido, pero ¿qué ocurre si el trabajador se enferma? La ley no contempla la enfermedad como motivo para suspender el plazo de caducidad. Por tanto, a pesar de la incapacidad para actuar personalmente, el trabajador puede otorgar poderes a un representante legal o solicitar un abogado de oficio para iniciar la reclamación. La jurisprudencia reciente reitera esta interpretación, dejando claro que la enfermedad no altera el plazo establecido para ejercer acciones legales tras un despido.
PLANTEAMIENTO
El art. 59.3 del Estatuto de los Trabajadores señala, respecto al plazo de caducidad de 20 días para el ejercicio de la acción contra el despido, que los 20 días serán los «siguientes de aquél en que se hubiera producido».
- Si la persona trabajadora se pone enferma, ¿el inicio del plazo de caducidad quedaría suspendido hasta que por su estado de salud pueda ejercer sus derechos?
RESPUES...
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