Caso práctico: La condona...obligación

Última revisión
15/02/2024

Caso práctico: La condonación de deuda como medio para extinguir una obligación

Tiempo de lectura: 1 min

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Orden: civil

Fecha última revisión: 15/02/2024

Resumen:

La condonación de deuda como método para resolver un contrato de compraventa.


PLANTEAMIENTO

«A» y «B» celebraron un contrato de compraventa. Con posterioridad a su firma, y estando pendiente la realización del pago y la entrega de la cosa, «B», como compradora, informa a «A» de que no podrá hacer frente al pago y le pide que de por resuelto el contrato. 

¿Cómo podrían articular dicha resolución para que tanto «A» como «B» estén seguros de que ninguno de los dos reclamará nada al otro, en el futuro, por incumplimiento del contrato de compraventa?

RESPUESTA

Pueden llevar a cabo una condonación de deuda, la cual, conforme al art. 1156 del Código Civil, sirve para extinguir las obligaciones. Dicha condonación podrá ser expresa o tácita (art. 1187 del CC).

A TENER EN CUENTA. Contrato de condonación de deuda.

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