Caso práctico: Contabilizar factura con suplido
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Caso práctico: Contabiliz...on suplido

Última revisión
24/11/2017

Caso práctico: Contabilizar factura con suplido

Tiempo de lectura: 3 min

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Orden: contable

Fecha última revisión: 24/11/2017

Origen: Iberley


PLANTEAMIENTO

La asesoría nos ha puesto en su factura del mes el importe de la factura del Registro por la presentación de las Cuentas Anuales ya que lo ha pagado directamente la asesoría. La asesoría nos envía un correo con la factura que ha generado el Registro a nombre de la empresa, con lo cual ese gasto lo tengo duplicado a no ser que el importe que nos pone la Asesoría en su factura no lo tenga en cuenta como gasto.

 ¿Cómo se contabiliza una esta factura?

RESPUESTAS

El importe que incluye la asesoría en la factura entendemos que tiene la consideración de "suplido". Los suplidos (que en el caso expuesto corresponde con el importe satisfecho por la presentación de las cuentas anuales) no suponen para la asesoría ni un ingreso ni un gasto, por lo que su importe no debe aparecer en la base imponible de la factura.

[ Habitualmente aparecen desglosados en factura como suplidos", "cantidad abonada por cuenta del cliente" o "pago delegado"]

 

Ejemplo: Supongamos que a final de mes la asesoría cobra por sus prestaciones de servicios 100€ y 10€ por suplidos (la asesoría ha pagado este importe en nombre y por cuenta del cliente). El desglose de la factura emitida con suplido sería:

 

Prestación de servicios ------100€

IVA----------------------------------21€

Total Factura: ------------------121€

Suplidos: ----------------------- 10€

Total a pagar: -----------------131€

 

"Las sumas pagadas en nombre y por cuenta del cliente en virtud de mandato expreso del mismo" NO se incluyen en la base imponible. (art. 78. tres LIVA)

La factura del Registro se emite a nombre de la empresa para que la empresa que realmente ha soportado el importe, pueda registrarla en su contabilidad y practicar las deducciones oportunas.

 

CONCLUSIÓN:

No ha de duplicar el gasto de la factura del Registro, sino contabilizar la factura de la asesoría teniendo en cuenta la existencia del suplido.

 

[ Véase: Resolución de ICAC, 19/DICIEMBRE DE 1994, 01-12-1994 ]

 

En cuanto al asiento contable, atendiendo a la Resolución indicada, procede registrar una factura recibida con suplido de la siguiente manera:

 

Por la factura que contiene el suplido:

Base Imponible (prest. serv.)(6XX)* Cuenta de gasto que corresponda
Importe IVA (prest. serv.)(472) HP IVA soportado
Importe suplido (total)(55X) Otras cuentas no bancariasaAcreedores (410)Importe total a pagar

 

Por la factura del suplido: *

Base Imponible(6XX) Cuenta de gasto que corresponda
Importe IVA(472) HP IVA soportadoaOtras cuentas no bancarias  (55X)Importe Suplido (total)

* En el caso expuesto es preciso tener en cuenta que si el Registrador actúa como profesional, en la factura del suplido se indicará un importe en concepto de retención IRPF; en cuyo caso habrá de registrar el importe en la cuenta (4751)

Para registrar los gastos, vemos correcto el uso de la (623) (tanto para el gasto del servicio de la asesoría, como para el Registro)

Para contabilizar el suplido, le recomendamos que utilice la cuenta (555) Partidas pendientes de aplicación, mediante la creación de una subcuenta para "suplidos"

Por el pago:

(410) AcreedoresaTesorería (57X)
 

 

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