Última revisión
28/12/2023
Caso práctico: ¿Cuál es el plazo para realizar alegaciones a un acta de la junta de propietarios?
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Tiempo de lectura: 3 min
Orden: civil
Fecha última revisión: 28/12/2023
Resumen:
Las alegaciones que se refieran a defectos o errores en el acta deben realizarse y subsanarse antes de la celebración de la siguiente reunión de la junta de propietarios, mientras que si se quieren impugnar los acuerdos del acta deberá acudirse a los tribunales en el plazo de tres meses desde el acuerdo o de un año si este es contrario a la ley o los estatutos.
PLANTEAMIENTO
1.-¿Cuál es el plazo para realizar alegaciones sobre un acta de junta de propietarios?
2.- Si el acta supone un grave perjuicio para algún propietario qué plazo tiene?
3.- Si un propietario no se encuentra al corriente de todas las cuotas, ¿podrá impugnar los acuerdos válidamente?
4.- ¿La impugnación de un acuerdo suspende su ejecución?
RESPUESTA
1.- Los defectos o errores del acta pueden...
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