Última revisión
20/12/2019
Caso práctico: devolución de IVA en actividad de temporada
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Tiempo de lectura: 3 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 20/12/2019
Resumen:
PLANTEAMIENTOUna actividad de temporada de verano que se da de baja a 30 de septiembre con un IVA a compensar,¿se puede dejar acumulado para la nueva...
PLANTEAMIENTO
Una actividad de temporada de verano que se da de baja a 30 de septiembre con un IVA a compensar,
¿se puede dejar acumulado para la nueva alta de actividad del próximo verano o se debe pedir la devolución al final del ejercicio?
RESPUESTA
Cualquiera de las dos opciones es válida.
Se puede solicitar la devolución del IVA a compensar en el plazo de cuatro años desde que se genera. Que se ...
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