Caso práctico: Diferencias temporarias en el Impuesto sobre Sociedades. Nacimiento en origen
- Orden: Contable
- Fecha última revisión: 06/06/2022
- Origen: Iberley
PLANTEAMIENTO
Una empresa ha obtenido durante el ejercicio 20X5 un beneficio antes de impuestos de 600.000 euros. Durante el ejercicio le han girado un recargo por presentación de un impuesto fuera de plazo por 14.000 euros. Asimismo, ha aplicado libertad de amortización de un inmovilizado adquirido a fin de ejercicio, por 50.000 euros, que tiene una vida útil de 5 años y se ha deducido contablemente una provisión no deducible desde el punto de vista fiscal de 30.000 euros.
Por otro lado, la empresa tenía 54.000 euros pendientes de compensar procedentes de bases imponibles negativas del ejercicio 20X1 y las deducciones y bonificaciones ascienden a 12.000 euros.
Los pagos a cuenta del ejercicio fueron de 10.000 euros.
El tipo de gravamen aplicable es del 25 por ciento.
¿Qué asientos contables debe realizar en relación con el Impuesto sobre Sociedades?
RESPUESTA
Liquidación del IS en el ejercicio 20X5:
Liquidación del impuesto | |
Beneficio antes de impuestos | 600.000 |
Diferencia permanente positiva (recargo) | 14.000 |
Diferencia temporaria deducible (provisión) | 30.000 |
Diferencia temporaria imponible (libertad de amortización) | -50.000 |
Base imponible previa | 594.000 |
BI negativa ejercicios anteriores | -54.000 |
Base imponible | 540.000 |
Tipo de gravamen | 25% |
Cuota íntegra | 135.000 |
Deducciones y bonificaciones | -12.000 |
Cuota líquida | 123.000 |
Retenciones y pagos a cuenta | -10.000 |
Cuota diferencial | 113.000 |
Contabilización del impuesto corriente del ejercicio:
Cuenta y concepto | Debe | Haber |
6300 Impuesto corriente | 123.000 euros |
|
473 HP, retenciones y pagos a cuenta |
| 10.000 euros |
4752 HP, acreedora por Impuesto sobre Sociedades |
| 113.000 euros |
Contabilización del impuesto diferido, distinguiendo entre las diferencias temporarias:
- Diferencia temporaria deducible en origen (provisión no deducible)
Cuenta y concepto | Debe | Haber |
4740 Activos por diferencias temporarias deducibles (30.000 euros x 25 por ciento) | 7.500 euros |
|
6301 Impuesto diferido |
| 7.500 euros |
- Diferencia temporaria imponible en origen (libertad de amortización)
Cuenta y concepto | Debe | Haber |
6301 Impuesto diferido (50.000 euros x 25 por ciento) | 12.500 euros |
|
479 Pasivos por diferencias temporarias imponibles |
| 12.500 euros |
- Compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores
Cuenta y concepto | Debe | Haber |
6301 Impuesto diferido (54.000 euros x 25 por ciento) | 13.500 euros |
|
4745 Crédito por pérdidas a compensar del ejercicio |
| 13.500 euros |
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