Caso práctico: Efectos so...a empresa.

Última revisión
03/10/2018

Caso práctico: Efectos sobre los trabajadores del cambio de domicilio social de una empresa.

Tiempo de lectura: 2 min

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Orden: laboral

Fecha última revisión: 03/10/2018

Resumen:

El cambio de domicilio social de una empresa afectaría a los trabajadores en caso de no existir movilidad del centro de trabajo; ¿se mantiene el convenio colectivo aplicable?

PLANTEAMIENTO

El cambio de domicilio social de una empresa afectaría a los trabajadores en caso de no existir movilidad del centro de trabajo; ¿se mantiene el convenio colectivo aplicable?

RESPUESTA

1.- cambio de domicilio social sin traslado del trabajador/a

El cambio de domicilio social de una empresa no supone, en principio, modificación de las condiciones laborales de los trabajadores encuadradas en alguna de las causas de movilidad geográfica o funcional establecidas por el art. 40, ET.

2.- cambio de domicilio social con traslado del trabajador/a

En este caso han de seguirse las premisas para el Traslado individual de personas trabajadoras, en caso de aplicarse individualmente, o el Procedimiento para el traslado colectivo de trabajadores, cuando la medida afecte, en un período de noventa días a un número de trabajadores de, al menos:

  • a) Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores.
  • b) El 10 por 100 del número de trabajadores de la empresa en aquellas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores.
  • c) Treinta trabajadores en las empresas que ocupen más de trescientos trabajadores.

3.- convenio colectivo aplicable a nivel estatal o empresarial

En caso de aplicarse un convenio colectivo a nivel estatal o empresarial el cambio de sede no afectaría a las condiciones laborales aplicadas.

4.- convenio colectivo aplicable a nivel provincial  o autonómico

En el supuesto de tratarse de un convenio provincial  o autonómico, para la aplicación de la regulación colectiva aplicable en la provincia o autonomía a la que se traslade la empresa ha de atenderse a lo previsto en el propio Convenio colectivo de aplicación y a ámbito territorial.

La conexión centro de trabajo - sede social de la empresa en relación a la aplicación de convenio colectivo ha sido analizada por la Sentencia Social TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1337/2011, 13-06-2012, donde atendiendo al ámbito territorial del convenio colectivo aplicable se dictamina la aplicación del convenio del lugar de prestación de servicios sobre el del domicilio social de la empresa.

5.- cambio de residencia de cónyuge en caso de traslado del trabajador

Si por su traslado un trabajador cambia de residencia, su cónyuge, si es trabajador de la misma empresa, tendrá derecho al traslado a la misma localidad, si hubiera puesto de trabajo (Art. 40 ,ET).
6.- casos especiales: víctimas de violencia de género o de terrorismo y representantes legales de los trabajadores
Estos colectivos tendrán derecho preferente a permanencia o a ocupar otro puesto de trabajo, como se analiza en Movilidad geográfica de los trabajadores víctimas de violencia de género y Prioridad de permanencia en la empresa de los representantes de los trabajadores

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