Última revisión
01/01/2024
Caso práctico: ¿En qué epígrafe de IAE deberá darse de alta quien preste servicios de estética y de mesoterapia?
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Tiempo de lectura: 3 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2024
Análisis del epígrafe en el que debe encuadrarse, a efectos del IAE, quien quiera prestar servicios de salón de belleza y estética y tratamientos de mesoterapia llevados a cabo por un médico.
PLANTEAMIENTO
«A» tiene previsto abrir un salón de belleza y estética para ofrecer servicios de rayos uva, masajes, depilación tratamientos faciales, manicura, pedicura y maquillaje.
Como complemento a dichos servicios va a ofrecer tratamientos de mesoterapia realizados por un médico.
¿Puede desarrollar todas las actividades en el epígrafe 972.2 del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septie...
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