Última revisión
17/09/2025
Caso práctico: ¿Es obligatorio entregar la indemnización al comunicar la extinción de contrato adscrito a obra?
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Tiempo de lectura: 3 min
Orden: laboral
Fecha última revisión: 17/09/2025
La extinción por motivos inherentes al trabajador en los contratos indefinidos adscritos a obra del sector de la construcción cuenta con un régimen indemnizatorio propio, no requiriendo, según la normativa sectorial y la D.A. 3.ª de la Ley 32/2006, la puesta a disposición simultánea de la indemnización en el momento de la comunicación de la extinción, a diferencia del despido objetivo.
PLANTEAMIENTO
La extinción de los contratos indefinidos adscritos a obra en el sector de la construcción por motivos inherentes al trabajador tiene un régimen indemnizatorio específico. Este consiste en el 7% de los conceptos salariales establecidos en las tablas del convenio colectivo devengados durante toda la vigencia del contrato.
En el caso de un trabajador al que se le ha comunicado la extinci...
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