Caso práctico: ¿Está suje...Lanzarote?

Última revisión
07/11/2025

Caso práctico: ¿Está sujeto al IVA o al IGIC el arrendamientos de local de negocio sito en Lanzarote?

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Tiempo de lectura: 2 min

Orden: fiscal

Fecha última revisión: 07/11/2025

Resumen:

El arrendamiento de local de negocio en territorio canario, por una empresa arrendadora domiciliada en Madrid, es una actividad empresarial sujeta al IGIC.


PLANTEAMIENTO

La empresa «X», domiciliada en Madrid, tiene arrendados una serie de locales comerciales en Lanzarote a diferentes clientes. ¿Debe tributar por el IVA o por el IGIC?

RESPUESTA

Los arrendamientos de locales de negocios constituyen una actividad empresarial sujeta al IGIC, por lo que, con carácter general, dichos arrendamientos estarán sujetos y no exentos del Impuesto.

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