Última revisión
18/03/2026
Caso práctico: Exención en IRPF de la indemnización por extinción del contrato por muerte del empresario
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Tiempo de lectura: 3 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 18/03/2026
La indemnización de un mes por extinción del contrato debida a la muerte del empresario puede quedar exenta en IRPF si responde al mínimo legal.
PLANTEAMIENTO
Una trabajadora venía prestando servicios por cuenta ajena para un empresario individual desde el 1 de febrero de 2018. Como consecuencia del fallecimiento del empleador, producido el 10 de enero de 2025, la relación laboral se extingue y la trabajadora percibe la cantidad equivalente a un mes de salario, conforme a lo previsto legalmente para estos supuestos.
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