Última revisión
25/02/2026
Caso práctico: Exención por transmisión de vivienda habitual por contribuyente que cumple 65 años después de la ventanción por transmisión de vivienda habitual por contribuyente que cumple 65 años después de la venta
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Tiempo de lectura: 7 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 25/02/2026
La exención del art. 33.4.b) LIRPF solo aplica si se tienen 65 años en la fecha de venta; cumplirlos después no permite exención en el IRPF.
PLANTEAMIENTO
Un contribuyente, residente fiscal en España, transmite en febrero de 2025 la que ha sido su vivienda habitual durante más de tres años ininterrumpidos, cumpliendo los requisitos para su consideración como tal conforme a la normativa del IRPF.
En el momento de la venta el contribuyente tiene 64 años de edad, cumpliendo 65 años en mayo de 2025, es decir, dentro del mismo ejercicio en el...
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