Caso práctico: IAE: ¿En q...iringuito?

Última revisión
01/01/2024

Caso práctico: IAE: ¿En qué epígrafe se clasifica la actividad de chiringuito?

Tiempo de lectura: 1 min

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2024

Origen: Iberley

Resumen:

La apertura de un chiringuito en el recinto de una piscina para vender, entre otros, bebidas y bocadillos, podrá darse de alta en el grupo 662 de las tarifas del IAE.


PLANTEAMIENTO

¿En qué epígrafe de las tarifas del IAE debe darse de alta quien pretenda abrir un chiringuito en el recinto de una piscina municipal, donde se venderán bebidas, bocadillos, etc.?

RESPUESTA

La actividad podría encajarse en el grupo 662 «Comercio mixto o integrado al por menor» del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.

A TENER EN CUENTA. Resolución No Vinculante de DGT, 1008-02 de 02 de Julio de 2002; Resolución Vinculante de DGT, V2129-09 de 23 de Septiembre de 2009.

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