Última revisión
07/11/2025
Caso práctico: IGIC: facturación por servicios realizados a una empresa canaria desde la península
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Tiempo de lectura: 2 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 07/11/2025
En las prestaciones de servicios cuyo destinatario tenga la sede de su actividad económica en Canarias, dichos servicios no están sujetos a IVA, sino sujetos a IGIC con inversión del sujeto pasivo.
PLANTEAMIENTO
«X», profesional domiciliado en Cataluña, va a prestar servicios para una empresa Canaria consistentes en un estudio económico.
¿En la factura que emita tiene que consignar el IVA?
RESPUESTA
Se trata de un supuesto de servicios prestados por un profesional no establecido en Canarias, en favor de un empresario radicado en dicho territorio, por lo tanto, dado que en este caso el destinatar...
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