Última revisión
Caso Práctico: ¿Puede impugnarse el acuerdo de urgente ocupación en la expropiación forzosa?
Relacionados:
Orden: administrativo
Fecha última revisión: 01/01/2024
Resumen:
Es posible impugnar los acuerdos de urgente ocupación en el ámbito de las expropiaciones forzosas, ya que tanto el Reglamento de Expropiación Forzosa como la propia Ley de Expropiación Forzosa deben interpretarse bajo el amparo que asiste a cualquier individuo de poder someterse a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 de la CE), por lo que dejar esta parte del procedimiento sin posibilidad de impugnación iría en contra de este derecho.
PLANTEAMIENTO
¿Es impugnable en sede contenciosa el acuerdo de urgente ocupación de la expropiación forzosa? En caso afirmativo, ¿dónde queda el artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, …
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