Caso práctico: Imputación...es en IRPF

Última revisión
20/03/2024

Caso práctico: Imputación de charlas y formaciones en IRPF

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Relacionados:

Tiempo de lectura: 4 min

Orden: fiscal

Fecha última revisión: 20/03/2024

Resumen:

Por medio de este caso práctico se analiza la tributación en IRPF de las rentas obtenidas por dar charlas, conferencias o formaciones, el artículo 17 de la LIRRPF, en sus apartados 2, letra c) y 3, califica como rendimientos del trabajo los derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares, excepto cuando supongan la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.


PLANTEAMIENTO

María, psicóloga de profesión, es asalariada en una empresa, y también da charlas y formaciones esporádicas para terceros. No está dada de alta como autónoma. En las declaraciones de IRPF de años anteriores María declaraba los rendimientos del trabajo y como rendimientos profesionales por los trabajos esporádicos. ¿Es correcto? ¿Puede deducir los gastos necesarios como otro profesiona...

Fórmate con Colex en esta materia. Ver libros relacionados.