Última revisión
Caso práctico: Intereses de préstamo y la obligación de retención a efectos del IRPF
Práctico
Relacionados:
Voces
Jurisprudencia
Prácticos
Formularios
Resoluciones
Temas
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 27/02/2023
Resumen:
PLANTEAMIENTOEl socio de una SL va a formalizar un préstamo con la sociedad, es decir, el socio será el prestatario, en la que tendrá que pagar un...
PLANTEAMIENTO
El socio de una SL va a formalizar un préstamo con la sociedad, es decir, el socio será el prestatario, en la que tendrá que pagar un tipo de interés anual del 3%. Estos intereses anuales que tendrá que pagar, ¿están sujetos a retención?
RESPUESTA
El pagador de los intereses no se encuentra obligado a retener, siguiendo lo dispuesto en el art.75 del RIRPF, los rendimientos (intereses), satisfechos por el socio (prestatario), a la empresa (prestamista), no estarán sometidos a retención.