Última revisión
01/01/2024
Caso práctico: IRPF: cesión de deducción por familia numerosa entre cónyuges
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Tiempo de lectura: 2 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2024
Los cónyuges que tuvieran derecho a la deducción por familia numerosa, podrán cedérsela entre sí, cumplimiento los criterios establecidos en el art. 60 bis.5 del RIRPF.
PLANTEAMIENTO
¿Puede ceder uno de los cónyuges, al otro, el derecho a la deducción por familia numerosa?
RESPUESTA
Sí, siempre que se cumplan los requisitos recogidos en el art. 60 bis.5 del RIRPF:
«5. Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de alguna de las anteriores deducciones respecto de un mismo descendiente, ascendiente o familia numerosa, se podrá ceder el derecho a la d...
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