Última revisión
01/01/2024
Caso práctico: IRPF: deducción por inversión en vivienda habitual: asunción de la totalidad del préstamo hipotecario en caso de divorcio
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Tiempo de lectura: 2 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2024
En caso de divorcio y cotitularidad de la vivienda habitual, con asunción por uno de los excónyuges de la totalidad del préstamo, la deducción por inversión en vivienda habitual únicamente podrá practicarse con respecto de las cantidades, que por el préstamo se satisfagan, tendentes a cubrir la parte de titularidad de la vivienda que corresponda al contribuyente.
PLANTEAMIENTO
«A», por sentencia de divorcio de 2008, asumió el pago de la totalidad del préstamo hipotecario que grava su vivienda habitual. Su excónyuge mantiene la propiedad de la participación indivisa que sobre la vivienda adquirió en su compra, habiendo dejado de constituir su residencia habitual.
¿Puede practicar la deducción por inversión en vivienda habitual por la totalidad de las cantidad...
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