Última revisión
01/01/2024
Caso práctico: IRPF: ¿Es necesario el empadronamiento para la acreditación de la residencia en vivienda habitual?
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Tiempo de lectura: 2 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2024
Para acreditar la condición de la vivienda habitual, a efectos de la deducción por inversión en vivienda habitual del IRPF, bastará cualquiera de los medios de prueba válidos en derecho, sin que el empadronamiento en un lugar determinado pueda considerarse ni absolutamente necesario ni por sí solo prueba suficiente de residencia y vivienda habitual en una determinada localidad y domicilio.
PLANTEAMIENTO
¿Cómo se debe acreditar, en caso de no estar empadronado, la residencia en una vivienda a efectos de deducción en el IRPF?
RESPUESTA
En relación con el concepto de vivienda habitual a efectos de determinadas deducciones, dispone la DA 23ª de la LIRPF::
«A los efectos previstos en los artículos 7.t), 33.4.b), y 38 de esta Ley se considerará vivienda habitual aquella en la que el contribu...
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