Última revisión
01/01/2024
Caso práctico: IRPF: imputación temporal de la ganancia patrimonial por la venta de un inmueble a plazos
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Tiempo de lectura: 2 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2024
En la compraventa de un inmueble cuyo precio haya sido aplazado, el contribuyente podrá imputar la ganancia patrimonial que pudiera derivarse de la venta, proporcionalmente a medida que sean exigibles los cobros en los que se ha estructurado el aplazamiento.
PLANTEAMIENTO
«A» ha vendido en el año 2023 una vivienda que adquirida en el año 1996. El precio por la venta fue abonado, una parte, en el momento de la firma de la escritura de compraventa y el resto, se aplazó a 20 años. Durante ese plazo, seguirá residiendo en la vivienda como arrendatario.
¿Qué efectos tendrá esta operación con precio aplazado en relación con la regla de la imputación temporal ...
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