Última revisión
01/01/2024
Caso práctico: IRPF: imputación temporal de los atrasos salariales derivados de la actualización del Salario Mínimo Grupo
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Tiempo de lectura: 1 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2024
Los atrasos del Salario Mínimo Grupo del año 2017 abonados en virtud del Convenio Colectivo de Sector de PRENSA DIARIA deben imputarse al ejercicio de 2018.
PLANTEAMIENTO
Como consecuencia del Convenio Colectivo de Sector de PRENSA DIARIA, la entidad «X» satisface a sus trabajadores en abril de 2018 los atrasos salariales derivados de la actualización del Salario Mínimo Grupo (SMG) que corresponden al año 2017.
¿A qué ejercicio deben imputarse dichos atrasos?
RESPUESTA
Según la Resolución Vinculante de DGT, V1209-18 de 10 de Mayo de 2018, los atrasos del...
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