Última revisión
Caso práctico: IRPF, pérdida del grado de discapacidad
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 19/03/2024
Resumen:
En este caso práctico sobre IRPF se plantean las consecuencias de la pérdida del grado de discapacidad.
PLANTEAMIENTO
Un contribuyente tenía reconocido un grado de discapacidad del 33%. Durante el año 2023, le realizaron una revisión y le rebajaron el grado de discapacidad por debajo del 33% con efectos de junio de 2023. ¿Es posible que aplique las medidas previstas para personas con discapacidad por la parte proporcional del año?
RESPUESTA
No, ya que el período impositivo y devengo del IRPF, tal y como establece el artículo 12 de la LIRPF, salvo en caso de fallecimiento, coincide con el año natural, y el impuesto se devenga a 31 de diciembre de cada año, y por tanto, ha de atenderse a las circunstancias personales del contribuyente a dicha fecha.