Última revisión
Caso práctico: IRPF. Sujeción al impuesto de una indemnización de fallecimiento por accidente de trabajo
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 28/03/2023
PLANTEAMIENTO
La madre de un trabajador fallecido en accidente de trabajo ha cobrado dos indemnizaciones. La primera, por un seguro de accidentes particular del fallecido, y la segunda, por el seguro de convenio de la empresa. ¿La madre tiene o no que tributar en el IRPF por el cobro de estas indemnizaciones?
RESPUESTA
No tiene que tributar en IRPF, dado que este tipo de indemnizaciones abonadas por los seguros por causa de fallecimiento están sujetas al impuesto de sucesiones, y no tributan en Renta.
Así, conforme al artículo 3 de la LISD, estará sujeta al impuesto sobre sucesiones la percepción de cantidades por los beneficiarios de contratos de seguros sobre la vida, cuando tenga su causa en el fallecimiento de la persona asegurada, y el contratante sea persona distinta del beneficiario.