Última revisión
01/01/2024
Caso práctico: IS: deducción por patrocinio deportivo
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Tiempo de lectura: 1 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2024
Según la DGT, los gastos relativos al patrocinio de un equipo deportivo asumidos por una empresa, constituyen un gasto de publicidad deducible de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades.
PLANTEAMIENTO
La entidad «X» tiene la intención de patrocinar un equipo deportivo, encuadrado dentro de su correspondiente federación. ¿Se considerarían fiscalmente deducibles todos los gastos de patrocinio al equipo a efectos del Impuesto sobre Sociedades?
RESPUESTA
Sí. Según la DGT, en su Resolución Vinculante de DGT, V1655-16 de 15 de Abril de 2016 y su Resolución Vinculante de DGT, V3559-16 de 03...
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