Última revisión
Caso práctico: IVA: concurso de acreedores
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 24/10/2022
Resumen:
El artículo 80 de la Ley del IVA permite a los sujetos pasivos modificar la base imponible del Impuesto cuando el deudor se encuentra en situación de concurso de acreedores. El acreedor debe expedir y remitir al destinatario de las operaciones una nueva factura rectificativa y comunicar a la AEAT, dentro de un plazo de un mes desde su expedición. Se deberán cumplir requisitos como expedir y remitir la factura rectificativa a la administración concursal, comunicar a la AEAT y hacer constar en declaraciones-liquidaciones.
PLANTEAMIENTO
Cuando se realiza una modificación de la base imponible por concurso de acreedores, ¿tiene obligación el acreedor de enviar la factura rectificativa al deudor y de comunicarlo a su vez …
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