Caso práctico: IVA: ¿Está...o cajeros?

Última revisión
01/01/2024

Caso práctico: IVA: ¿Está sujeta la compraventa de bitcoins mediante máquinas de vending o cajeros?

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Tiempo de lectura: 4 min

Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2024

Resumen:

La DGT considera que las monedas virtuales bitcoin actúan como un medio de pago y por sus propias características deben entenderse incluidas dentro del concepto «otros efectos comerciales», por lo que su transmisión debe quedar sujeta y exenta del IVA.


PLANTEAMIENTO

«A» se dedica a la compra y venta de moneda electrónica bitcoin a través de máquinas de vending o cajeros a cambio de una comisión. 

¿Está sujeta al IVA dicha actividad?

RESPUESTA

La DGT, partiendo de la consideración de que tiene la consideración de empresario o profesional respecto de la actividad descrita en el IVA, resuelve en su Resolución Vinculante de DGT, V1028-15 de 30 de Marzo ...

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