Última revisión
Caso práctico: IVA: prestación de servicios a una empresa turca
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2024
Resumen:
La prestación de servicios por un profesional a una empresa sin domicilio ni establecimiento permanente en España no está sujeta al IVA, salvo que pueda proceder la aplicación de la regla del uso efectivo y disfrute de los servicios.
PLANTEAMIENTO
«A», agente comercial, va a prestar sus servicios a una empresa turca sin domicilio ni establecimiento permanente en España. ¿Debe incluir el
RESPUESTA
En principio, …
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