Última revisión
Caso práctico: IVA y retención en facturación en Andorra
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 13/01/2020
Resumen:
PLANTEAMIENTO
Un autónomo quiere trabajar puntualmente en Andorra.
- ¿Tiene que darse de alta en operaciones intracomunitarias?
- ¿La factura llevará
RESPUESTA
No tiene que darse de alta en operaciones intracomunitarias, puesto que Andorra se considera un país tercero no miembro de la Unión Europea.
El autónomo sigue siendo contribuyente del Impuesto sobre la Renta en España, al ser el desplazamiento temporal. Su factura, entendiendo que el destinatario sea una empresa o una persona física residente en Andorra, no llevará retención ni
Al tratarse Andorra como un territorio tercero, la empresa allí residente y receptora de la operación se considera empresa o persona extranjera y, por lo tanto, no se incluye en la obligación de practicar retención, exención que se recoge en el
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